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Public Health

La Comisión Europea ayuda a los países de la UE, que tienen entre sus principales responsabilidades la seguridad pública y la asistencia sanitaria, por medio de diversos esquemas de diálogo e interlocutores.

Funciones de la Comisión

La Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria incentiva el diálogo en materia de productos sanitarios. Esto incluye:

Grupo de Coordinación de Productos Sanitarios - MDCG

El Grupo de Coordinación de Productos Sanitarios (MDCG) es un grupo de expertos. Fue instituido por el Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios y el Reglamento (UE) 2017/746 sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro. Sus miembros son expertos que representan a las autoridades competentes de los países de la UE.

El MDGC asesora y asiste a la Comisión y a los países miembros en la ejecución de ambos Reglamentos. El MDGC funciona a tenor de las normas horizontales sobre la creación y el funcionamiento de los grupos de expertos de la Comisión. Figura en el Registro de grupos de expertos de la Comisión y otras entidades similares con el número de código X03565.

El MDCG cuenta con trece subgrupos.

Autoridad Competente para Dispositivos Médicos (CAMD)

La Autoridad Competente para Dispositivos Médicos (CAMD) facilita la ejecución y el cumplimiento de los Reglamentos sobre productos sanitarios y sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro.

La CAMD también ofrece formación e intercambio de mejores prácticas.

Sus reuniones también son actos para la creación de redes y en ellas pueden abordarse cuestiones sobre productos sanitarios que van más allá del ámbito de aplicación de los reglamentos.

Organismos notificados para productos sanitarios

  • Este grupo permite que los organismos notificados puedan compartir experiencias e intercambiar puntos de vista sobre la aplicación de procedimientos de evaluación de la conformidad.
  • Elabora recomendaciones técnicas y fomenta el consenso sobre cuestiones relacionadas con la evaluación de la conformidad.
  • Asesora a la Comisión, a petición de esta, en lo relativo a la legislación sobre productos sanitarios.
  • Elabora informes sobre aspectos éticos de las actividades de los organismos notificados.
  • Garantiza la coherencia con el trabajo de normalización realizado a escala europea.

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