La nueva legislación será aplicable dentro de la Unión:
- el 26 de mayo de 2021 –Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios
- el 26 de mayo de 2022 –Reglamento (UE) 2017/746 sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro
La UE ha revisado el marco jurídico de las tres Directivas en vigor para reflejar los avances que se han producido en los últimos veinte años. Tras su adopción en mayo de 2017, las nuevas normas serán plenamente aplicables tras un período transitorio. Además, para garantizar una transición fluida de las Directivas a los Reglamentos y evitar perturbaciones en el mercado, se han adoptado varias disposiciones transitorias hasta 2025.
Los nuevos Reglamentos contienen una serie de mejoras de suma importancia para la modernización del sistema actual, como por ejemplo:
- unos controles previos más estrictos de los productos de alto riesgo mediante un nuevo mecanismo de control previo a la comercialización con la participación de un grupo de expertos a nivel de la UE;
- el refuerzo de los criterios de designación y de los procesos de supervisión de los organismos notificados;
- la inclusión de determinados productos estéticos, cuyas características y perfil de riesgo coinciden con los de productos sanitarios similares, dentro del ámbito de aplicación de los Reglamentos;
- unnuevo sistema de clasificación de riesgos para los productos sanitarios para diagnóstico in vitro, en consonancia con las orientaciones internacionales;
- la mejora de la transparencia mediante una base de datos de la UE exhaustiva sobre productos sanitarios y un sistema de trazabilidad basado en la identificación única del producto;
- la introducción de una tarjeta de implante para pacientes, con información sobre los productos sanitarios implantados;
- el refuerzo de las normas sobre pruebas clínicas, incluido un procedimiento europeo coordinado para la autorización de investigaciones clínicas en varios centros;
- el reforzamiento de los requisitos de vigilancia posterior a la comercialización para los fabricantes;
- la mejora de los mecanismos de coordinación entre los países de la UE en los ámbitos de la vigilancia y el control del mercado.
Para más información, véase las nuevas normas para garantizar la seguridad de los productos sanitarios.
Todos los agentes que actúen en el ámbito de los productos sanitarios, desde su fabricación hasta su utilización, deberán cumplir lo dispuesto en los nuevos Reglamentos antes de mayo de 2021 (mayo de 2022 para los productos sanitarios para diagnóstico in vitro). Es importante que todos los agentes sean plenamente conscientes de los cambios y que empiecen a preparar lo antes posible la aplicación de los nuevos Reglamentos.
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Información útil
- Nuevas normas para garantizar la seguridad de los productos sanitarios
- Comunicado de prensa: nuevas normas de la UE sobre productos sanitarios
- Ficha informativa: principales cambios establecidos en los Reglamentos
- Preparación necesaria de cara a los nuevos Reglamentos
- Temas de interés
Materiales de comunicación
- Banners
- Infografías; «Nuevos Reglamentos» (IVDR y MDR) (disponibles en todas las lenguas de la UE y en árabe, chino, japonés y ruso)
- Calendario de transición del MDR (disponible en todas las lenguas de la UE y en árabe, chino, japonés y ruso)
- Calendario de transición del IVDR (disponible en todas las lenguas de la UE y en árabe, chino, japonés y ruso)