En el mundo globalizado actual, las enfermedades pueden propagarse con gran rapidez de un país a otro. La detección precoz de las amenazas para la salud requiere una vigilancia sólida y constante y mecanismos de alerta rápida y respuesta.
La UE ha creado estructuras que permiten el intercambio rápido de información entre las autoridades sanitarias públicas de los Estados miembros y los organismos mundiales, como la Organización Mundial de la Salud (OMS), para detectar las amenazas lo antes posible.
Vigilancia de enfermedades infecciosas y de otras amenazas para la salud
Los sistemas de vigilancia proporcionan información que facilita el seguimiento de las tendencias de las enfermedades transmisibles y ayudan a determinar los factores de riesgo y las áreas de intervención. Esta información sirve para establecer prioridades, planificar, aplicar y asignar recursos a los programas de prevención, y para evaluar estos programas y las medidas de control.
Mediante la Decisión n.º 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo se creó la red de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles.
La Decisión n.º 2119/98/CE fue derogada y sustituida por la Decisión n.º 1082/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud. Esta nueva Decisión reactivó la red para la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmisibles y de los problemas sanitarios especiales.
Esta red, que reúne a la Comisión, al Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) y a las autoridades competentes responsables a nivel nacional de la vigilancia epidemiológica, está gestionada y coordinada por el ECDC.
El nuevo Reglamento (UE) 2022/2371, sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud, derogó y sustituyó a la Decisión 1082/2013/UE. Mantiene y refuerza aún más la red europea de vigilancia epidemiológica, que sigue siendo gestionada y coordinada por el ECDC.
Revisión de la lista de enfermedades infecciosas
La red de vigilancia epidemiológica de la UE realiza un seguimiento de alrededor de cincuenta enfermedades y problemas sanitarios especiales, como la resistencia a los antimicrobianos: desde el carbunco hasta la enfermedad por virus de Zika. Esta lista se actualizó por última vez en 2018 mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2018/945 de la Comisión, momento en que se añadieron a la lista la neuroborreliosis de Lyme y las enfermedades por los virus del dengue, del zika y del chikungunya.
La Decisión también revisó las definiciones de casos para otras enfermedades transmisibles y problemas sanitarios relacionados, como la resistencia a los antimicrobianos y las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria. La lista se corresponde con las clasificaciones de la OMS.
El Reglamento (UE) 2022/2371 faculta a la Comisión para actualizar de nuevo la lista de enfermedades infecciosas y problemas sanitarios pertinentes, como la resistencia a los antimicrobianos, a fin de garantizar su cobertura por parte de la red de vigilancia epidemiológica.
La Comisión también establece las definiciones de casos relativas a cada enfermedad infecciosa que utilizan los Estados miembros para la vigilancia y la notificación al ECDC, garantizando así la comparabilidad y compatibilidad de los datos recopilados a nivel de la Unión.
Para otros tipos de amenazas para la salud, la vigilancia para detectar tendencias y cambios en el perfil de riesgo requiere enfoques diferentes. La Comisión mantiene contactos con las agencias pertinentes de la UE y con las autoridades de los países de la UE, a fin de garantizar que los planes de preparación evolucionen para hacer frente a las amenazas cambiantes.
Laboratorios de referencia de la UE en materia de salud pública
Se están designando laboratorios de referencia de la UE en materia de salud pública para reforzar las defensas de la Unión frente a las amenazas transfronterizas graves. Los laboratorios de referencia de la UE prestarán apoyo a los laboratorios nacionales, reuniendo la experiencia científica de toda la Unión Europea a fin de mejorar la preparación, la detección rápida y la respuesta.
El Sistema de Alerta Precoz y Respuesta (SAPR)
El SAPR es un sistema de alerta rápida para notificar alertas a nivel de la UE relativas a amenazas transfronterizas graves para la salud. Este sistema confidencial basado en la web permite que la Comisión Europea y las autoridades competentes designadas a nivel nacional (denominadas «autoridades competentes del SAPR») puedan comunicarse de forma permanente.
Los países de la UE pueden alertar, compartir información y coordinar las respuestas nacionales a las amenazas transfronterizas graves de manera oportuna y segura.
La Comisión Europea es propietaria del sistema y el ECDC gestiona la plataforma informática. El SAPR se ha utilizado con éxito para alertar, compartir información y coordinar medidas en respuesta a los acontecimientos transfronterizos relacionados con enfermedades transmisibles, y ha permitido (y permite) gestionar brotes como los de la COVID-19, la viruela del mono, la gripe pandémica A (H1N1), el ébola, etc.
El SAPR es un sistema para todas las amenazas, incluidas las de tipo biológico, químico y medioambiental, así como las amenazas de origen desconocido, tales como los fenómenos meteorológicos extremos, las nubes de cenizas volcánicas, los vertidos químicos o los factores de peligro biológicos, por ejemplo las biotoxinas.
El SAPR se rige por normas estrictas, en particular las relativas a la gestión de datos personales. La Decisión de Ejecución (UE) 2017/253 de la Comisión fijó los procedimientos para la notificación de alertas en el marco del SAPR y para el intercambio de información, la consulta y la coordinación de las respuestas a las amenazas transfronterizas para la salud.
La Recomendación (UE) 2017/1140 de la Comisión también estableció normas sobre los datos personales que pueden intercambiarse a través del Sistema de Alerta Precoz y Respuesta (SAPR) a efectos de la coordinación de las medidas de localización de contactos en relación con las amenazas transfronterizas graves para la salud. Estos actos que definen los procedimientos del SAPR se actualizarán a raíz de la adopción del nuevo Reglamento (UE) 2022/2371.
Se están preparando nuevos avances del SAPR, teniendo en cuenta las lecciones aprendidas a raíz de la COVID-19 y el nuevo Reglamento (UE) 2022/2371, que exige que la plataforma del SAPR respalde la notificación de todas las amenazas.
Además, el SAPR debe permitir el intercambio de medidas de salud pública, evaluaciones de riesgos y funcionalidades de gestión de crisis, como las que requieren el intercambio de datos sanitarios personales, para un rastreo digital transfronterizo de los contactos y una evacuación médica eficaces.
El mandato ampliado del ECDC también requiere que el SAPR se actualice continuamente, utilizando tecnologías modernas, inteligencia artificial, aplicaciones basadas en el espacio, otras tecnologías para el rastreo digital de contactos, etc.
Cuándo y cómo se activa el SAPR
Las autoridades competentes del SAPR o la Comisión Europea emiten una alerta cuando una amenaza transfronteriza grave para la salud:
- es inusual o inesperada para un lugar y tiempo determinados
- provoca morbilidad o mortalidad significativas, o crece rápidamente
- supera la capacidad de respuesta nacional y afecta a más de un país de la UE
- puede requerir una respuesta coordinada a nivel de la Unión
Las alertas se envían a más tardar 24 horas después de que el país de la UE o la Comisión tengan conocimiento de la amenaza. Por ejemplo, la primera notificación de lo que más tarde se conocería como SARS-CoV-2 (el virus causante de la COVID-19) fue enviada por la Comisión el 9 de enero de 2020, días después de que China señalara la existencia de un virus desconocido.
Durante la respuesta a la COVID-19, el SAPR también ha apoyado el intercambio de datos de los formularios de localización de pasajeros para el rastreo transfronterizo de contactos. El rastreo de contactos es una herramienta esencial para dar una respuesta eficaz que permita identificar rápidamente a las personas posiblemente infectadas y así aislarlas, hacerles pruebas o tratarlas.
Esto, a su vez, ayuda a detener o ralentizar la propagación de la enfermedad. El intercambio de datos sobre pasajeros a través del SAPR fue posible gracias a dos actos jurídicos:
- la Decisión de Ejecución (UE) 2021/858 de la Comisión, sobre las alertas relativas al rastreo de contactos de los pasajeros identificados mediante formularios de localización de pasajeros
- la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1212 de la Comisión, sobre las alertas relativas al rastreo de contactos de las personas expuestas detectadas en el contexto de la cumplimentación de formularios de localización de pasajeros