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Public Health

Conjunto de instrumentos para la asistencia sanitaria transfronteriza

El conjunto de instrumentos contiene información pertinente sobre el marco jurídico de la asistencia sanitaria transfronteriza, que incluye la Directiva 2011/24/UE y los Reglamentos (CE) n.º 883/2004 y (CE) n.º 987/2009, sobre seguridad social. Está dividido en dos partes principales, una para los pacientes y otra para los puntos de contacto nacionales (PCN). En virtud de la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza, los pacientes tienen derecho a acceder a los servicios sanitarios en otro país de la UE o del EEE y a que los costes sean asumidos por su país de origen, en el que están asegurados.

Este conjunto de instrumentos está pensado para los pacientes y los puntos de contacto nacionales (PCN) establecidos en cada país de la UE, a fin de proporcionar información a los pacientes que buscan asistencia sanitaria en otro país de la UE. Este conjunto de instrumentos es de uso voluntario y no impone obligaciones a los puntos de contacto nacionales. El texto de los instrumentos puede copiarse y publicarse en el sitio web de cada PCN. La aplicación del conjunto de instrumentos debe tener en cuenta el contexto específico de la legislación nacional y la organización nacional de la asistencia sanitaria.

Manual para los puntos de contacto nacionales (PCN)

Esta parte del conjunto de instrumentos se centra en la manera en que los PCN pueden mejorar su comunicación con los pacientes, proporcionándoles información clara y accesible sobre todos los aspectos del acceso a tratamiento médico en el extranjero.

Los siguientes documentos del conjunto de instrumentos están destinados a ser utilizados por los PCN:

Manual para los pacientes

Información para que los pacientes expliquen su derecho a acceder a diagnóstico o tratamiento médico, o a utilizar una receta en cualquier otro país de la UE o del EEE, y a que los costes sean asumidos por el país de la UE en el que estén asegurados. El manual aborda y explica todas las situaciones en las que puede aplicarse la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza.

Los siguientes documentos están destinados a los pacientes interesados en recibir asistencia sanitaria en otro país de la UE: